El Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley que contiene la ampliación del derecho a la pensión de viudedad a las parejas con hijos que ni se casasen ni se registrasen como parejas de hecho. Desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta norma, tanto los futuros supervivientes como los pasados tienen derecho a pedir esta prestación si acreditan dos años de convivencia ininterrumpida mediante el padrón. Para el segundo grupo se abre una ventana de un año para que aporten pruebas del derecho a la misma.

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