Fachada del Tribunal Supremo en Madrid (España).

El Tribual Supremo ha acordado que las empresas no pueden despedir disciplinariamente a los trabajadores sin abrir un trámite de audiencia previa, es decir, sin ofrecerles la posibilidad de defenderse de los cargos o acusaciones en las que se fundamenta el despido.

Seguir leyendo

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *