El Ministerio de Hacienda ha introducido una condición clave en el marco de la condonación parcial de deuda autonómica aprobada recientemente por el Consejo de Ministros en primera lectura. Las comunidades de régimen común que así lo quieran podrán acogerse a la quita, pero a cambio tendrán que obtener autorización previa del Estado si quieren formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo durante el año siguiente.